DC Abogadas

Contrato a suma alzada, estándar probatorio de la CS

9 de febrero de 2026 | Gestión Corporativa & In-House | 5 min de lectura
Trabajadores de construcción examinando plano

En el sector de la construcción e ingeniería en Chile, el contrato a suma alzada es el estándar de oro para buscar previsibilidad. Sin embargo, esa aparente seguridad del «precio fijo» a menudo se convierte en una trampa legal cuando surgen discrepancias sobre la ejecución de la obra.

Recientemente, la Corte Suprema, en su fallo Rol 42978-2025, ha puesto los puntos sobre las íes respecto a cómo se deben probar los incumplimientos en esta modalidad. Para tí como dueño de una constructora o gerente de operaciones, este fallo no es solo teoría: es el mapa para evitar pérdidas millonarias en tribunales. En DC Abogadas analizamos qué significa esto para tu operación B2B.

Análisis de la jurisprudencia: El alcance del fallo Rol 42978-2025 para los contratos a suma alzada

El caso, que llegó al máximo tribunal tras pasar por juzgados civiles en Calama y la Corte de Apelaciones de Antofagasta, se centró en una demanda de incumplimiento donde una de las partes cuestionaba la valoración de la prueba realizada por los jueces de instancia.

La Corte Suprema fue tajante: en los contratos a suma alzada, la carga de la prueba recae estrictamente sobre quien alega el incumplimiento. Lo más relevante es que el tribunal rechazó el recurso de casación, señalando que la interpretación del contrato y la determinación de los hechos (si se construyó o no según lo pactado) corresponden a la autoridad de los jueces de fondo.

Esto quiere decir que si tu contraparte no cumple, pero no tienes documentos técnicos, bitácoras o peritajes sólidos que el juez de primera instancia pueda «ver», la Corte Suprema difícilmente cambiará ese resultado en una revisión posterior. Es por ello que debes guardar siempre toda esta clase de documentos, la batalla se gana en la preparación de la prueba, no en la apelación.

El estándar probatorio: ¿Cómo demostrar que el servicio falló en un contrato a suma alzada?

Cuando hablamos de «estándar probatorio», nos referimos al nivel de convicción que el juez necesita para darte la razón. En un contrato a suma alzada, donde el riesgo suele recaer en el contratista, demostrar un incumplimiento del mandante (o viceversa) requiere:

  1. Contraste técnico: No valen opiniones; se requieren informes que comparen lo ejecutado vs. las bases técnicas.
  2. Buena fe contractual: La Corte destaca que las partes deben colaborar. Si una parte obstaculiza la prueba, esto juega en su contra.
  3. Invariabilidad del precio: Salvo casos de fuerza mayor o modificaciones aceptadas por escrito, el precio se mantiene, lo que vuelve la prueba de «obras adicionales» una tarea jurídica de alta complejidad.

Ejemplo práctico

Para ilustrar la importancia de un control documental riguroso, analicemos un escenario recurrente en la industria de la construcción:

1. El conflicto

Una empresa constructora suscribe un contrato a suma alzada con una constructora, para el mantenimiento integral de una planta industrial. Tras avanzar significativamente en las obras, el mandante (la constructora) decide suspender los pagos de forma unilateral, alegando una supuesta «mala ejecución» de las partidas.

2. El riesgo

Ante el impago, la constructora interpone una demanda civil para el cobro de lo adeudado. Sin embargo, durante el proceso se evidencia una debilidad estratégica: la inexistencia de actas de recepción de las etapas intermedias. Al no contar con hitos de control formalizados y aceptados por ambas partes, la empresa no tiene cómo acreditar el estado de avance ni la conformidad técnica de los trabajos realizados hasta la fecha de la controversia.

3. El resultado judicial

Bajo los criterios jurisprudenciales actuales, el juez civil desestima la demanda debido al incumplimiento del estándar probatorio. La falta de documentación de respaldo impide determinar con certeza qué porcentaje del proyecto se ejecutó correctamente. Como consecuencia, la constructora no solo pierde el flujo esperado, sino que asume una pérdida equivalente al 30% del valor del contrato en costos legales y costas procesales.

¿Cómo podríamos haberte ayudado?

En DC Abogadas, mitigamos este riesgo desde la raíz con la implementación operativa de:

  • Preconstitución de Prueba: Transformamos el flujo de trabajo diario en una defensa jurídica sólida ante cualquier incumplimiento del mandante.
  • Protocolos de Recepción Quincenal: Diseñamos actas técnicas que operan como plena prueba en un eventual juicio.
  • Gestión Contractual en Terreno: Aseguramos que cada hito de avance cuente con el respaldo documental necesario para consolidar el derecho al cobro.

¿Qué implica el estándar probatorio para tu empresa?

Ignorar estos criterios tiene consecuencias directas

  • El impacto económico: Perder un juicio de esta naturaleza implica no solo no cobrar el saldo de precio, sino pagar costas judiciales y, potencialmente, indemnizaciones por daños y perjuicios.
  • El riesgo para tu operación: Detener una obra por un conflicto contractual mal gestionado puede llevar a la quiebra a una pyme proveedora si no tiene una estrategia de salida legal clara.
  • El riesgo a la imagen de tu empresa: Aparecer en boletines judiciales por incumplimientos contractuales afecta tu capacidad de licitar en grandes proyectos mineros o estatales.

Acciones prácticas e inmediatas

Si manejas contratos de construcción o servicios complejos, sigue este checklist:

  1. Firma solo con Anexos Técnicos: Asegúrate de que el «alcance» esté definido al milímetro para que el incumplimiento sea fácil de medir.
  2. Protocolo de Modificaciones: Nunca aceptes cambios de palabra. Cada variación debe tener un respaldo escrito que altere la «suma alzada» original.
  3. Documentación Continua: Implementa el uso de bitácoras digitales y actas de recepción parcial con firma de conformidad.
  4. Auditoría de Contratos Vigentes: Revisa si tus contratos actuales tienen cláusulas de resolución de conflictos que te favorezcan.

Este fallo de la Corte Suprema deja una lección clara para el mundo B2B: en un contrato a suma alzada, el «precio fijo» no es un escudo inamovible. Tu verdadera protección es la trazabilidad documental de lo que sucede día a día en la obra o el servicio.

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