La Ley 21.431, promulgada en marzo de 2022 y en vigencia desde septiembre del mismo año, ha establecido un nuevo paradigma en la relación entre las empresas de plataformas digitales de servicios y sus trabajadores en Chile. Si bien en un inicio esta ley pudo generar inquietudes entre los empleadores, un análisis más profundo revela que sus beneficios a largo plazo pueden superan con creces los desafíos iniciales de adaptación.
Mayor Certeza y Seguridad Jurídica:
Uno de los mayores beneficios de la Ley 21.431 para los empleadores es la claridad que aporta al marco legal que regula las plataformas digitales de servicios. Al definir con precisión qué se considera una empresa de este tipo y establecer criterios concretos para diferenciar entre trabajadores dependientes e independientes, se reduce la incertidumbre y se minimizan los riesgos de litigios laborales.
Definición clara de Empresa de Plataforma Digital:
La ley establece que una empresa de plataforma digital de servicios es aquella que, a título oneroso, administra o gestiona un sistema informático o tecnológico que permite la ejecución de servicios por parte de trabajadores de plataformas digitales para usuarios en un territorio específico.5 Se excluyen aquellas plataformas que se limitan a publicar anuncios de servicios o bienes, aunque la contratación se realice a través de la plataforma.
Distinción entre Trabajadores Dependientes e Independientes:
La Ley 21.431 determina que un trabajador de plataforma digital será considerado dependiente o independiente según cumpla o no con los requisitos del artículo 7° del Código del Trabajo, que define la subordinación y dependencia.
- Trabajador Dependiente: Presta servicios personales por cuenta ajena, bajo subordinación y dependencia, y recibe una remuneración.
- Trabajador Independiente: Presta servicios por cuenta propia, sin subordinación ni dependencia.
Jornada Laboral Claramente Definida:
La ley establece una definición precisa de la jornada laboral para los trabajadores dependientes de plataformas digitales, considerando como tal todo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición de la empresa, desde que accede a la infraestructura digital hasta que se desconecta voluntariamente. Esto elimina ambigüedades sobre el pago de horas trabajadas y reduce el riesgo de reclamos.
Prevención de Conflictos Laborales y Sanciones:
Se introducen mecanismos concretos para prevenir conflictos y potenciales sanciones:
- Sistemas de Registro de Jornada Fidedignos: La ley obliga a las empresas de plataformas digitales a implementar sistemas de registro de la jornada laboral de los trabajadores, tanto dependientes como independientes. Estos registros deben identificar claramente las horas de jornada pasiva (tiempo a disposición de la empresa sin realizar labores) y las horas de trabajo efectivamente realizado. Estos sistemas, idealmente digitales y que cumplan con las especificaciones del Dictamen N°2927/58 de la Dirección del Trabajo, permitirán a las empresas demostrar el cumplimiento de la normativa laboral y evitar sanciones.
- Regulación del Derecho a la Desconexión: La ley establece la obligación de la empresa de respetar un tiempo mínimo de desconexión para los trabajadores, tanto dependientes como independientes.
- Para los dependientes, la ley establece el derecho a distribuir libremente su jornada laboral, siempre respetando los límites máximos de la jornada ordinaria, semanal y diaria, así como las normas de descanso semanal.
- Para los independientes, la ley garantiza un tiempo mínimo de desconexión de 12 horas continuas dentro de un periodo de 24 horas.
- Canal Oficial de Comunicación: La ley exige a las empresas designar un canal oficial de comunicación donde los trabajadores puedan presentar sus objeciones, reclamos o requerimientos respecto a sus pagos, registro de labores, asignación de tareas y evaluaciones de clientes. Este canal debe contar con un lugar físico de atención, un teléfono local y un representante de la empresa responsable de atender a los trabajadores. Este punto es crucial para garantizar una comunicación fluida y transparente entre la empresa y sus trabajadores, facilitando la resolución de conflictos de manera directa.
Impulso a la Reputación Corporativa y la Atracción de Talento:
El cumplimiento de la Ley 21.431 no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para fortalecer la imagen de la empresa como un actor responsable y ético en el entorno digital.
Responsabilidad Social Empresarial:
Las empresas que se adaptan a las exigencias de la Ley 21.431 demuestran un compromiso genuino con el bienestar de sus trabajadores, lo que mejora su reputación y genera confianza entre los clientes. En un contexto donde los consumidores son cada vez más conscientes de la ética empresarial, este factor puede ser determinante en sus decisiones de compra.
Atracción y Retención de Talento:
Ofrecer condiciones laborales justas y transparentes, en línea con la Ley 21.431, se convierte en un factor clave para atraer y retener talento en un mercado laboral cada vez más competitivo. Los trabajadores buscan empresas que valoren sus derechos, brinden seguridad y estabilidad, y les permitan conciliar su vida personal con la laboral.
La Ley 21.431 representa un avance significativo en la regulación del trabajo en plataformas digitales en Chile, brindando un marco normativo claro y efectivo para proteger los derechos de los trabajadores y generar un entorno empresarial más justo y transparente. Si bien la adaptación a las nuevas exigencias puede implicar costos y desafíos iniciales para los empleadores, los beneficios a largo plazo son claros:
- Mayor seguridad jurídica y reducción de litigios.
- Prevención de conflictos laborales y sanciones.
- Fortalecimiento de la reputación corporativa.
- Atracción y retención de talento.
En definitiva, la Ley 21.431 no solo beneficia a los trabajadores, sino que también impulsa un desarrollo sostenible y responsable de la economía digital, creando un ecosistema donde empresas y trabajadores pueden prosperar en un marco de equidad y respeto.
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